Después de muchas (Vanguardia, 2011) y variadas (Mora, 2012) protestas, los defensores de animales de la capital del país por fin obtuvieron respuesta de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) a sus inquietudes. En diciembre pasado la ALDF aprobó cambios al Código Penal de la ciudad con la intención de castigar el maltrato a animales. Sin embargo, la reforma al código, lejos de significar un verdadero avance a la causa ecologista, es una muestra más de la demagogia legislativa y de la comodina improvisación que caracteriza a nuestra clase política.
“Nada destruye más el respeto por el Gobierno y por la ley de un país que la aprobación de leyes que no pueden ponerse en ejecución”
A. Einstein
Si bien no me sorprende que los legisladores redactaran y aprobaran el artículo 350 bis. y ter. en los términos que lo hicieron, sí me extraña y preocupa que hasta ahora todas las asociaciones de protección de animales se limiten a aplaudir la medida sin cuestionar en lo más mínimo la forma en que se define el concepto de “animal” en el código. ¿Será que las protectoras de animales del DF están bien intencionadas pero mal informadas (Mola, 2013)? ¿Acaso ningún biólogo o algún abogado se ha percatado del error? ¿Será que lo políticamente correcto pesa más que lo verdaderamente correcto
Antes de continuar vale advertir que no me opongo a que se sancione a las personas que maltraten animales (aunque sí creo que encarcelar es exagerado), pero lo que me preocupa es que la Asamblea, buscando el aplauso fácil, legisló un artículo claramente inaplicable que bien puede dar al traste a la protección de animales en la ciudad, y meter en problemas a ciudadanos inocentes si se decide aplicar a rajatabla el artículo. Según lo publicado en el Diario Oficial del Distrito Federal No.1533 (Muñiz, 2013) el artículo 350 Bis, dice:
“Al que intencionalmente realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal no humana, causándole lesiones evidentes, sin que pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a cien días multa. Si las lesiones ponen en peligro la vida del animal no humano se incrementarán en una mitad las penas señaladas.“
Hasta este punto, a primera vista, puede sonar correcto -¿quién podría ser tan insensible para oponerse al maltrato animal?-, pero si prestamos atención dice: “cualquier especie animal no humana“. Es decir, protege a toda clase de animales, incluidos insectos, arañas y ratas. Casi afortunadamente nuestros brillantes legisladores notaron la amplia ambigüedad y, haciendo uso de todo su entendimiento (Muñiz, 2011), pero no de sus clases de biología de secundaria y preparatoria, se aventuraron líneas más adelante a definir lo que, según ellos, se debe entender como “animal”:
“Se entenderá para los efectos del presente título como animal, al organismo vivo, no humano, sensible, que no constituya plaga, que posee movilidad propia, y capacidad de respuesta a los estímulos del medio ambiente perteneciente a una especie domestica o silvestre. Los animales abandonados o callejeros no serán considerados plaga.”
Con ésto, en lugar de paliar la ambigüedad, la aumentaron. ¡Felicidades! Ahora el Código Penal protege del maltrato y el asesinato prácticamente a casi cualquier ser vivo no humano en la ciudad. De aplicarse la ley, todos los ciudadanos estaríamos condenados a la inanición o a la prisión.
Procedamos, para que no se diga que especulo, a ver algunos ejemplos de organismos que cumplen con los requerimientos de la ley para gozar de protección:
Tal vez los legisladores creyeron que incluir un requisito de “movimiento propio” resultaba suficientemente claro, pero resulta que es muy distinto el significado de “movimiento” al de “desplazamiento” ¿O acaso van a negar que los girasoles se mueven? ¿Quién no ha visto a los botones de las flores cerrar por la noches y abrir por las mañanas?Los primeros organismos de la lista claramente deben estar protegidos por el Código Penal, no discuto eso (atención a los bovinos, las corridas de toros deberían desaparecer), sin embargo, conforme avanzamos en la lista nos encontramos con serios problemas. Para empezar ratas y cucarachas están en un limbo de protección debido a la contradicción de la ley, que primero dice que no deben ser plagas para gozar de protección, pero luego indica que todos los animales callejeros no pueden ser considerados plagas; según entiendo, tanto ratas como cucarachas no son en lo absoluto “caseras”.
No cabe duda, la ALDF nos acaba de meter a todos en camisa de once varas. Temo ya que un ecologista (que es muy distinto a ecólogo) dogmático me denuncie por matar a las ratas que invaden mi bodega, o por regalar unas flores a mi novia, las cuales son cultivadas con el expreso propósito de ser cortadas y puestas a morir lentamente en un jarrón, o por poner a hervir leche, (¿pueden imaginar la terrible muerte de todos esos millones de bacterias?).
¿No habría sido más fácil listar todas las especies que serían protegidas por la ley? ¿Acaso tiene sentido jugar al biólogo y sacar de la manga una mala definición de animal? Seamos sinceros, rara vez los ecologistas urbanos (repito: que no los ecólogos) se preocupan por defender a organismos que no sean ‘abrazables’ (básicamente mamíferos). Prueba de ello es que todo el mundo pone el grito en el cielo por la cacería anual de focas en Canadá, pero nadie, o casi nadie, se queja de los millones de atunes que mueren asfixiados y acuchillados vivos cada año (Igualdad Animal, 2012). Y es que una foca es suave y se ve linda para la foto, un atún no tanto…
“Las malas leyes hallarán siempre, y contribuirán a formar, hombres peores que ellas, encargados de ejecutarlas.” Concepción Arenal
Fuentes Consultadas:
“Centenares de personas protestan contra el maltrato animal en el DF” 2011, 08 de Octubre. Vanguardia. Obtenido de: http://www.vanguardia.com.mx/centenaresdepersonasprotestancontraelmaltratoanimaleneldf-1117959.html
Igualdad Animal “Igualdad Animal documenta la impactante matanza de los atunes en Italia”. 31 de Mayo. Italia. Obtenida de: http://www.igualdadanimal.org/noticias/6554/igualdad-animal-documenta-la-impactante-matanza-de-los-atunes-en-italia
Mola, C. (2013) “Las fotos de los ataques de perros”. 31 de Enero. El Universal. Obtenida de: http://www.eluniversalmas.com.mx/columnas/2013/01/99892.php
Mora, K. (2012) “Enseñan “las garras” contra el maltrato especial”. 16 de Julio. El Universal. Obtenida de: http://www.eluniversal.com.mx/ciudad/112531.html
Muñiz, E. (2013) “MaltratoAnimal-Enero30-2012”. 01 de Febrero. [fusion_builder_container hundred_percent="yes" overflow="visible"][fusion_builder_row][fusion_builder_column type="1_1" background_position="left top" background_color="" border_size="" border_color="" border_style="solid" spacing="yes" background_image="" background_repeat="no-repeat" padding="" margin_top="0px" margin_bottom="0px" class="" id="" animation_type="" animation_speed="0.3" animation_direction="left" hide_on_mobile="no" center_content="no" min_height="none"][En línea] Obtenida de: http://lacicutaenelbolsillo.blog/legisladores-ignorantes-proteccionanimal/maltratoanimal-enero30-2012/
Muñiz, E. (2011) “Más que un arte, gobernar en ‘ciencia’”. 30 de Septiembre. [En línea] Obtenida de: http://lacicutaenelbolsillo.blog/gobernar-es-ciencia/
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